Durante los últimos dos días, especialistas y directivos del Ministerio de Salud Pública (Minsap) respondieron a interrogantes y opiniones suscitadas en la página web de nuestro diario, a raíz de la publicación el pasado martes de la Declaración del Gobierno Revolucionario, referente a la aplicación del Decreto Ley 306 del 11 de octubre del 2012, para el sector de la salud, y bajo este marco, las regulaciones establecidas para las salidas al exterior por asuntos particulares de profesionales médicos de diferentes especialidades, que realizan actividades vitales en los servicios de salud a la población y en la actividad científico-técnica.
En el foro debate se registraron más de 400 comentarios (hasta el cierre de esta nota) entre preguntas de los usuarios y respuestas de los funcionarios, quienes incluso respondieron algunas inquietudes llegadas por vía telefónica a la redacción digital de Granma.
Con el propósito de promover el análisis y la profundización en un asunto de alta sensibilidad e importancia para la población cubana, como son los servicios de salud, este rotativo decidió presentarles un resumen de las dudas más reiteradas por nuestros usuarios.
Por el Minsap participaron en el foro debate Tania Bárbara Guerrero Pupo, jefa de Atención a la Población; Nancy Pérez Rodríguez, jefa del departamento de Recursos Humanos; Mariela García Rondán, jefa del departamento Nacional de Estomatología; Idalmis Infante Ochoa, jefa del departamento Nacional de Enfermería, y Marcos Agustín del Risco del Río, director de capital humano.
Una de las inquietudes más recurrentes de los lectores abordó el tema de cuáles son las especialidades sujetas a la medida. Al respecto, los funcionarios del Minsap respondieron que serán regulados para viajar al exterior por asuntos particulares de forma temporal o permanente los especialistas y residentes de último año de especialidades médicas —sin incluir los de Medicina General Integral, salvo excepciones— que realizan actividades vitales para mantener los servicios de salud a la población y la actividad científico técnica.
No están regulados para los viajes al exterior ni enfermeros, ni Licenciados en Tecnologías de la Salud (tecnólogos), ni estomatólogos, ni psicólogos formados en el sector, respondieron los funcionarios del Minsap.
En todos los casos se reiteró que estas regulaciones no prohíben la salida de los médicos cubanos, sino que permiten organizarla para garantizar los servicios de salud a la población. Dependerá de la evaluación que se realice en cada caso.
El lector Roberto García Pérez se interesó en si los médicos contratados en otros países por tiempo indefinido y con residencia temporal en los mismos, podrán entrar de visita a Cuba y volver a salir sin necesidad de solicitar autorización.
Para estos casos —enfatizaron los directivos— “se mantienen vigentes las regulaciones migratorias. Los médicos especialistas que emigraron legalmente no tendrán dificultad al salir del país, pues no estarán sujetos a estas regulaciones. Aquellas personas que estaban fuera del sistema de salud y salieron legalmente del país, sea por razones de turismo, personales o contratos de trabajo, no están sujetos a estas regulaciones, de modo que pueden entrar y salir sin problemas, acorde con lo dispuesto por la Ley Migratoria”.
Interrogantes de corte similar fueron realizadas por los usuarios Joel, Raúl, Jacqueline, More… a las cuales los funcionarios reiteraron que “todos los médicos que fueron baja del Sistema Nacional y se encuentran en el exterior antes de la nueva medida, al regresar al país no tienen que solicitar ningún tipo de autorización, pues ya los mismos no son trabajadores en el sistema, la mayoría cumplieron los trámites establecidos anteriormente, por lo que pueden entrar y salir al país de acuerdo con las leyes migratorias vigentes”.
Varios usuarios de la web, entre ellos Betica, Pedro y Alberto, manifestaron preocupación sobre los procedimientos de la regulación para los que quieran salir temporal o definitivamente del país, ya sea por contratos de trabajo, visitas, congresos, eventos autogestionados u otras razones.
En ese sentido, los especialistas declararon que todos los médicos regulados podrán presentar solicitud al director de su entidad para viajar de forma temporal o definitiva por asuntos particulares al exterior. El director, oído el parecer del consejo de dirección, se pronuncia sobre la afectación que puede generar la salida del especialista en la estabilidad y funcionamiento del servicio. Se analiza por las instancias superiores quien somete el caso a la consideración del Ministerio de Salud Pública el cual adopta la decisión correspondiente. El proceso, desde la solicitud del profesional hasta la respuesta correspondiente tiene un término de hasta 50 días.
Agregaron además que se establece el trámite de manera expedita de los casos en que se considere existan razones humanitarias, mediante el aporte de los elementos que lo justifiquen, ya sea para un viaje temporal o para residir en el exterior.
“¿Puedo jubilarme en marzo y salir en abril sin hacer esos trámites? ¿Quién y cuándo me quitan de la lista que estará en el aeropuerto, o debo llevar algún documento del Minsap?”, interpeló un lector bajo el nombre de Quintana.
“Al producirse su jubilación está exceptuado de la tramitación del permiso para viajar —confirmaron los directivos—. A través del área de Recursos Humanos de su unidad se efectúa la actualización de su nueva condición de jubilado. Los jubilados no están regulados, excepto aquellos que se reincorporen en activo al servicio”.
“Al producirse su jubilación está exceptuado de la tramitación del permiso para viajar —confirmaron los directivos—. A través del área de Recursos Humanos de su unidad se efectúa la actualización de su nueva condición de jubilado. Los jubilados no están regulados, excepto aquellos que se reincorporen en activo al servicio”.
A otros, como Juan, les preocupa que si ya tienen contrato en el exterior desde el mes pasado y ticket de vuelo comprado, “¿qué solución se nos dará en relación al día 7 de diciembre que entrarán en vigor las nuevas regulaciones?”.
En ese caso, “debe solicitar de inmediato, al director de la institución, con la fundamentación correspondiente, el trámite que será enviado al Minsap, lo que se canalizará con la celeridad requerida. La autorización se corresponderá con la garantía de la atención médica al pueblo”.
Por otro lado, el doctor José Alejandro Soto Cantero se preguntó si quienes abandonaron una misión y actualmente ejercen su especialidad en el país donde residen, y están interesados en visitar Cuba, tienen que esperar los ocho años para hacerlo; y en el caso de querer regresar definitivamente, si tiene derecho a la jubilación, aunque se sientan con deseos de trabajar y seguir en su especialidad.
Para regresar al país —informaron— “usted debe realizar la solicitud a través del consulado cubano donde se encuentre. En caso de repatriarse se puede reincorporar al Sistema Nacional de Salud en condiciones similares a las que se tenían antes de salir”.
Momentos después de concluir el foro online, Marcos Agustín del Risco del Río, director de capital humano del ministerio, declaró a Granma en exclusiva el conjunto de acciones desarrolladas por su organismo para asegurar el procedimiento y las políticas a seguir, a partir de la Declaración del Gobierno Revolucionario, sobre el incremento del número de profesionales de la Salud a regular, con el objetivo de garantizar la accesibilidad, calidad, estabilidad y funcionamiento de los servicios de salud, teniendo en cuenta lo que se establece en el Decreto Ley 306.
“Se han efectuado reuniones con todos los cuadros del Ministerio de Salud Pública, sus organizaciones políticas y de masas, y directores de las unidades de subordinación nacional, con la presencia del secretariado del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud”, explicó.
Asimismo, dijo que “los cuadros principales del Ministerio participaron en el Consejo de Dirección ampliado de las unidades de subordinación nacional, las direcciones provinciales de Salud y las Universidades de Ciencias Médicas para explicar el procedimiento de tramitación de las solicitudes de las salidas al exterior por asuntos particulares. En el caso de las provincias la información se llevó a cabo con la presencia de autoridades del territorio”.
El directivo señaló que en cada entidad se está desarrollando un proceso para informar a los especialistas médicos, sobre la implementación de esta medida.
Sobre un asunto que generó numerosas inquietudes de los lectores, señaló que “todos los profesionales que tienen prevista su salida en el mes de diciembre se analiza su solicitud con la mayor agilidad posible, de forma tal que se genere el mínimo de afectaciones. Actualmente ya se analizan las solicitudes, de las cuales, ya las primeras tienen respuesta”.
De acuerdo con el funcionario se ha creado un sistema de información que permite conocer el desarrollo del proceso, y se ha habilitado la dirección de correo electrónico consultaminsap@infomed.sld.cu, para esclarecer dudas que puedan existir sobre este proceso. (Redacción Nacional)
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