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Publicado : 12/02/2014
A partir del 1ro. de enero de 1959 un número considerable
de cubanos comenzaron a llegar a los EE.UU. Algunos lo hicieron
utilizando visas de inmigrantes que habían obtenido con anterioridad,
otros con visa de turistas o con «visas weiver» y los menos
de forma ilegal por vía marítima. Dado el rápido deterioro de las
relaciones entre Cuba y los Estados Unidos, y el no poder o no querer
regresar a la Isla bajo las condiciones existentes, el gobierno
norteamericano les permitió permanecer en el país, pero en la gran
mayoría de los casos sin que pudieran legalizar su situación
migratoria.
En 1965, el Congreso de los Estados Unidos aprobó por primera vez, dentro de las leyes de inmigración vigentes, provisiones para la aceptación de refugiados y aunque en las enmiendas se los definía como «extranjeros que por razones de persecución o miedo de persecución por razones de raza, religión, u opinión política, han salido de cualquier país o área comunista o dominado por los comunistas», a los cubanos que comenzaron a llegar por el puente aéreo Varadero-Miami, no se les admitió como refugiados, sino bajo el poder de discreción que tenía el Fiscal General en ese entonces, bajo la Sección 212(d)(5) del INA.
La situación de limbo migratorio que padecían muchos de los cubanos que habían llegado a los EE.UU. antes de 1966, sumado a la falta de solución para el ajuste legal de los que comenzaron a venir en los vuelos del puente Varadero-Miami, obligó en la práctica al Congreso de los Estados Unidos de América, durante la administración del presidente demócrata Lyndon B. Johnson, a implementar y aprobar el 2 de noviembre de 1966 la Ley Pública 89-732, conocida como Cuban Adjustment Act, o Ley de Ajuste Cubano .
Esto permitió que tanto los cubanos que se encontraban en los Estados Unidos, como también los que llegarían por el puente aéreo, pudieran solicitar la residencia permanente de acuerdo con los requisitos establecidos por esa Ley. Dicha ley cambió el estatus jurídico de los cubanos considerándolos en lo adelante como «refugiados políticos» y por tanto beneficiarios automáticos del asilo político, la obtención del permiso de trabajo y la posibilidad de solicitar la residencia permanente a los 366 días de haber ingresado al país, sin formalidades particulares.
Paradójicamente, esta Ley fue aprobada a menos de un año de la firma conjunta del Memorando de Entendimiento a través del cual se había establecido el puente aéreo Varadero-Miami que garantizaba la emigración ordenada y segura. Con ese paso legal, las autoridades norteamericanos insistieron en estimular las salidas ilegales.
A partir de ese momento de forma privilegiada, todo cubano que llegara a territorio norteamericano o fuera recogido en alta mar, podía clasificar para ser residente permanente.
En 1965, el Congreso de los Estados Unidos aprobó por primera vez, dentro de las leyes de inmigración vigentes, provisiones para la aceptación de refugiados y aunque en las enmiendas se los definía como «extranjeros que por razones de persecución o miedo de persecución por razones de raza, religión, u opinión política, han salido de cualquier país o área comunista o dominado por los comunistas», a los cubanos que comenzaron a llegar por el puente aéreo Varadero-Miami, no se les admitió como refugiados, sino bajo el poder de discreción que tenía el Fiscal General en ese entonces, bajo la Sección 212(d)(5) del INA.
La situación de limbo migratorio que padecían muchos de los cubanos que habían llegado a los EE.UU. antes de 1966, sumado a la falta de solución para el ajuste legal de los que comenzaron a venir en los vuelos del puente Varadero-Miami, obligó en la práctica al Congreso de los Estados Unidos de América, durante la administración del presidente demócrata Lyndon B. Johnson, a implementar y aprobar el 2 de noviembre de 1966 la Ley Pública 89-732, conocida como Cuban Adjustment Act, o Ley de Ajuste Cubano .
Esto permitió que tanto los cubanos que se encontraban en los Estados Unidos, como también los que llegarían por el puente aéreo, pudieran solicitar la residencia permanente de acuerdo con los requisitos establecidos por esa Ley. Dicha ley cambió el estatus jurídico de los cubanos considerándolos en lo adelante como «refugiados políticos» y por tanto beneficiarios automáticos del asilo político, la obtención del permiso de trabajo y la posibilidad de solicitar la residencia permanente a los 366 días de haber ingresado al país, sin formalidades particulares.
Paradójicamente, esta Ley fue aprobada a menos de un año de la firma conjunta del Memorando de Entendimiento a través del cual se había establecido el puente aéreo Varadero-Miami que garantizaba la emigración ordenada y segura. Con ese paso legal, las autoridades norteamericanos insistieron en estimular las salidas ilegales.
A partir de ese momento de forma privilegiada, todo cubano que llegara a territorio norteamericano o fuera recogido en alta mar, podía clasificar para ser residente permanente.

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