El director de Seguridad Automotor del Ministerio del Transporte Pedro Velázquez Castillo aseguró que el nuevo reglamento constituye una norma complementaria de la Ley 109 Código de Seguridad Vial y se aplicará a los vehículos pertenecientes a personas naturales o jurídicas, se podrán hacer cambios en los principales elementos registrales como carrocería, motor y chasis con su debida autorización y proyecto.
Anteriormente, los cambios se hacían por un procedimiento porque no existían normas jurídicas que respaldaban el proceso, eran limitados; ahora se definen los términos para cada trámite, y los organismos responsabilizados con los pasos. Ejemplo, un carro que se hace camioneta, un auto que se transforma en convertible.
Para el proceso de cambio y conversiones el propietario de carro o representante legal a través de un poder notarial debe cumplir los siguientes pasos, gestiona con las entidades comercializadoras el motor a utilizar quien está en la obligación de dar una oferta que asegure su inversión; en segundo lugar, canaliza el proyecto técnico con las entidades estatales autorizadas; posteriormente debe solicitar el certifico en el Registro de Vehículo, si no la fotocopia, tres fotos del auto antes de la conversión, así como el comprobante del pago del impuesto terrestre. Si el vehículo es propiedad del Estado debe llevar la resolución patrimonial que lo acredita como medio básico.
Las direcciones de Transporte y otras entidades autorizadas habilitarán talleres para realizar la conversión o remotorización para asegurar los parámetros técnicos del vehículo.
Por su parte, el Director Jurídico del Ministerio del Transporte Manuel Lázaro Corujo Bosque explicó que el Carpa-Suki va a tener un nivel de respuestas con motores de hasta 100 CC. El país ha importado un gran número de esas unidades para satisfacer la demanda por ser un medio de transporte útil y económico de fácil movilidad.
También anunció que la marca Lada desde el 2101 hasta el 07, y el FIAT 125, así como el Moskovich 2140 y 2141 podrán tramitar la convención entre sí, muchas personas viajan y compran guardafangos, capot y otras piezas de las carrocerías y no podían legalizarla por no existir dichas normas; éste es un proceso para ordenar y que las personas tanto jurídicas como naturales mejoren los vehículos que circulan por la vía.
Este proceso de cambios y conversiones a los vehículos de motor, remolques y semirremolques tienen algunas prohibiciones, como no se permitirá convertir vehículos eléctricos a combustión interna, ni soldaduras en los sistemas de dirección y frenos o en los cuadros de las motos y ciclomotores sin la certificación de la autoridad competente, entre otras.
Por su parte, el Director Jurídico del Ministerio del Transporte Manuel Lázaro Corujo Bosque explicó que el Carpa-Suki va a tener un nivel de respuestas con motores de hasta 100 CC. El país ha importado un gran número de esas unidades para satisfacer la demanda por ser un medio de transporte útil y económico de fácil movilidad.
También anunció que la marca Lada desde el 2101 hasta el 07, y el FIAT 125, así como el Moskovich 2140 y 2141 podrán tramitar la convención entre sí, muchas personas viajan y compran guardafangos, capot y otras piezas de las carrocerías y no podían legalizarla por no existir dichas normas; éste es un proceso para ordenar y que las personas tanto jurídicas como naturales mejoren los vehículos que circulan por la vía.
Este proceso de cambios y conversiones a los vehículos de motor, remolques y semirremolques tienen algunas prohibiciones, como no se permitirá convertir vehículos eléctricos a combustión interna, ni soldaduras en los sistemas de dirección y frenos o en los cuadros de las motos y ciclomotores sin la certificación de la autoridad competente, entre otras.
(Radio Rebelde)
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