Guayacán es el nombre común con el que se conoce a varias especies de árboles nativos de América, pertenecientes a los géneros Tabebuia, Caesalpinia, Guaiacum y Porlieria. Todas las especies de guayacán se caracterizan por poseer una madera muy dura. Es justamente por esa característica que reciben el nombre de guayacán, aun cuando no guarden relación de parentesco entre sí.

viernes, 25 de marzo de 2016

Tras el 322… fallas en los laberintos de la Vivienda


El Decreto-Ley 322 aprobó la extinción del Instituto Na­cional de la Vivienda (INV) y reasignó las funciones que hasta el momento había rectorado esta institución
La población sigue enfrentando varias trabas y contratiempos para resolver sus trámites en las oficinas de la Vivienda. Foto: Alberto Borrego
El 31 de julio del 2014 se adoptó el Decreto-Ley 322 del Consejo de Estado —modificativo de la Ley No. 65, Ley General de la Vivienda— el cual aprobaba la extinción del Instituto Na­cional de la Vivienda (INV) y reasignaba las funciones que hasta el momento había rectorado esta institución, a los organismos relacionados con la actividad del sector: Ministerio de la Construcción (Micons), Instituto de Plani­fi­cación Física (IPF), Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Sistema de Tri­bu­na­les, Ministerio de Justicia (Minjus) y otros organismos de la Administración Central del Es­tado.
Tales transformaciones, de acuerdo con lo referido en la propia Norma jurídica, respondían a la necesidad de perfeccionar la atención estatal a los asuntos de la vivienda y reorganizar el trabajo en esta esfera.
Desde entonces —y previo a la entrada en vigor de este Decreto-Ley el 5 de enero del 2015— se enfatizó, a través de los distintos medios de prensa, en las principales mejoras para la población que devendrían de la implementación.
Entre ellas creó gran expectativa, por lo engorrosos y dilatados que suelen ser los procesos relacionados con la Vivienda, la referida a “facilitar y flexibilizar trámites de remodelación, rehabilitación y construcción” de inmuebles. La idea divulgada de que con las nuevas normativas jurídicas se allanaría el camino, siempre enmarañado entre papeles y gestiones, de estos y otros trámites, fue bocanada de aliento a los que estaban embarcados en la madeja de procedimientos y trabas del Sistema de la Vivienda, o los que sabían, en algún mo­mento, que requerirían de estos servicios.
En las Oficinas de Trámites de la Vivienda, la población realiza hoy distintas solicitudes, relacionadas con subsidios, actualización de sus títulos por acciones constructivas desarrolladas, legalizaciones de viviendas a partir del cambio de concepto de usufructo a propiedad, transmisión del inmueble en el caso de salida definitiva del país o fallecimiento del propietario, usufructos onerosos y permutas administrativas (propietarios con usufructuarios, usufructuarios onerosos, arrendatarios y entre es­tas tres últimas figuras).
De igual modo se atienden otras gestiones que, si bien son atribuciones y funciones de Pla­nificación Física desde que se implementó el cuerpo legislativo en cuestión, se continúan re­cibiendo y encauzando desde estas entidades. Entre esas diligencias se incluyen la emisión del dictamen técnico de descripción y tasación, y la certificación de medidas y linderos de las viviendas. También el traspaso de solares yermos y azoteas, la asignación de terrenos es­ta­tales a personas naturales para construir, li­cencia de construcción y autorizaciones de obras, certificados de habitabilidad, y litigios y reclamaciones en torno a solares yermos, derecho perpetuo de superficie y medidas y linderos.
Para recepcionar y viabilizar los anteriores procesos, cada Oficina cuenta con un equipo integrado por el abogado, el cual asiste toda la parte legal del caso; el arquitecto de la comunidad, ocupado de las cuestiones de servicios técnicos y asesoría de proyectos constructivos por esfuerzo propio y —desde el año 2015, a partir de la entrada en vigor del Decreto-Ley en cuestión— un técnico de Planificación Física que coordina y encamina los trámites correspondientes a su institución, entre otros empleados.
A un año de la implantación de los cambios que introdujo ese cuerpo legal, Granma visitó varias Oficinas de Trámites de la Vivienda y entrevistó a personas que realizaban distintas gestiones, directivos de estas entidades, así co­mo a funcionarios y especialistas de las direcciones municipales de la vivienda (DMV) en La Habana, con el propósito de indagar sobre el impacto que ya se debía percibir de toda la reestructuración en el sector.
OFICINAS DE TRÁMITES: LA ODISEA DE SIEMPRE
Maribel Llacer, una vecina de Playa, en la Oficina de la Vivienda de ese municipio, afirmó que el trámite que realizaba era legalización de su casa. “Hace 18 meses que lo estoy intentando, vivo en el mismo domicilio alrededor de 37 años, pero antes mi zona estaba ‘congelada’ y no era posible. Desde que empecé este proceso hasta la fecha he venido aquí más de 30 veces. Me han tratado muy bien siempre, pero no se soluciona mi caso, y los documentos se traban. El certifico de numeración, por un error de ellos aquí, tardó cinco meses en salir, el verificador demoró tres o cuatro meses en investigar, y el técnico que mide y tasa, igual. Me dijeron que de este último personal había solo dos para atender todo el municipio. Ya cuando está a punto de salir la resolución que me reconoce como arrendataria, faltaban entonces tres actas que no había hecho el verificador. La abogada me dijo que tuviera paciencia”, aseveró.
La realidad palpable y cotidiana de las personas interpeladas en los portales o en las recepciones de estos locales —que ven como sus trámites se van alargando en el tiempo— no dista de lo que a través de sus Cartas a la dirección del periódico han referido los lectores en este último año, cuando los documentos solicitados portan omisiones, erratas, caducan, faltan sellos, o surgen las incómodas interrupciones por motivos personales del especialista.
Luisa Gisela Prieto Callis, residente en el capitalino municipio de Boyeros, en misiva el 13 de agosto del 2015, cuestionó la lógica de un documento y un dictamen técnico que “dicen básicamente lo mismo y en los que se repite el error”. Para elaborar ambos —reflexiona— se visitan las viviendas y se hacen mediciones, y ello supone que el especialista de Planificación Física compruebe o fiscalice el trabajo del arquitecto y detecte las faltas, y no que te enteres ante el notario que debes regresar por el mismo camino hacia atrás, comenzar y volver a pagarlo todo.
“En Planificación Física te citan para un día y no van, el jefe atiende solo un número de casos. Siendo tú el primero en la cola, aparece alguien y dice que el jefe tiene que salir a no sé dónde porque lo citaron y ya había atendido a cinco casos; que la recepcionista no sabe de esto o aquello y no tiene nada que ver con los que llegan y entran sin marcar en la cola; que los compañeros especialistas trabajan en sus casas con tus papeles, y… ¡qué pena me da contigo, se me quedaron! ¡Ah!, y que nadie sustituye a nadie”, añadió.
En otra de las cartas, publicada el 16 de julio del 2015 y firmada por Luis Delgado Méndez, con domicilio en el habanero reparto de Nuevo Vedado, el lector refiere la salida tardía, según término establecido (20 días hábiles), del dictamen técnico solicitado de descripción y tasación del inmueble. “Pasaron 51 días y no veía la hora en que el dichoso papel (…) llegara a mis manos. En más de una ocasión acudí a la oficina de Plaza de la Revolución y me dijeron que se resolvería rápido, que la demora se debía a que eran muy pocos arquitectos y además, no tenían cintas para imprimir los documentos, entre otras cosas”.
Estos ejemplos muestran solo una faz, no la única, pero sin duda una de las más frecuentes de la versátil y heterogénea realidad. Claro está que no todas las experiencias son negativas o desalentadoras, prueba de ello es que no faltaron los entrevistados que expresaran su conformidad y complacencia, pues aunque apenas comenzaban los trámites, hasta ese mo­mento sus solicitudes iban cumpliendo los términos establecidos en la Norma jurídica y al parecer encontrarían feliz cauce. Solo que los malos ejemplos y el ineficiente servicio en este sector, han sido demasiado abundantes, flanco constante de críticas de la población, y han superado significativamente los casos —al menos los encontrados y entrevistados al azar por este equipo periodístico— que sin contrariedades, ni retrasos, han sido resueltos.
Relacionado con los ejemplos anteriores, figura una de las modificaciones que se implementó con la puesta en práctica del Decreto- Ley: el técnico de Planificación Física que recepciona y encauza los procesos que le compete solucionar a su institución, desde las Oficinas de Trámites. Al traspasarse funciones del Sistema de la Vivienda al IPF, se dispuso hacer converger en un único sitio —las Ofi­cinas— a los especialistas y representantes de las instituciones que a partir de ese momento tenían parte legal en los procesos y trámites atendidos allí; y así evitar el ir y venir de las personas con documentos originales en mano, y los consabidos malestares que genera la dispersión de instituciones con asuntos comunes.
Para Mery Casadevalle Pérez, subdirectora general en funciones de la Dirección Municipal de la Vivienda en Plaza de La Revolución, en la práctica este sistema de trabajo ha traído algunos inconvenientes y dificultades.
“Tanto los arquitectos de la Empresa de Arquitectura y Servicios Técnicos, como los técnicos de la Dirección Municipal de Pla­nifi­cación Física, vienen aquí a prestar un servicio: recepción de solicitudes y documentos, para lo cual van rotando de manera semanal o mensual por la oficina. El problema surge cuando clientes —no bien orientados y desinformados sobre procedimientos, fechas de término y otras cuestiones— con dudas, quejas o errores en los documentos, retornan en busca de ese personal que no radica a tiempo completo en nuestras oficinas, y de soluciones que no tenemos a la mano. A la población, lógicamente, le cuesta entender cómo es posible que la respuesta a su problema no esté en el mismo sitio donde le atendieron e iniciaron su trámite”.
En cuanto al tema de la agilización de trámites, que era uno de los resultados esperados por la población que traería el Decreto-Ley, directivos de la Oficina de Trámites y la DMV de Plaza explicaron que en esencia este no simplificó procedimientos, ni redujo los términos legales de los trámites, por tanto, es evidente que en el sentido de la celeridad no hubiere efecto perceptible hasta hoy.
“En la práctica, si nos ponemos en la posición de la población, esta tiene razón, es mucha demora, no hay ninguna agilidad. Para consignar un documento técnico de descripción y tasación del inmueble, el arquitecto cuenta con 20 días hábiles, que naturales, se convierten en 30; luego corre otro término de 20 días más para el dictamen técnico que emite Planificación Física a partir del documento anterior, y todo ese tiempo solo en la parte técnica, antes de empezar el trámite jurídico con el abogado de la Oficina, que precisa entonces de otros 50 días hábiles, si se trata, por ejemplo, de una actualización de título. Cuando se su­man todos esos tiempos la persona se pasa cuatro meses y más en un solo trámite porque implica otros anteriores”, comentó Gina Gó­mez Guibert, jefa del departamento de In­vestigación de Trámite Jurídico de la DVM de Plaza.
Las condiciones de trabajo y de archivo de documentos en varias oficinas son de gran preocupación para trabajadores y directivos. Foto: Anabel Díaz
Por eso es que —aclaró Yaité Rodríguez García, jefa del departamento de Control de Fondo y Renta de la DMV— “a veces las personas te dicen, yo llevo seis meses haciendo un trámite, y si revisas en los registros de entrada nuestros, no hay casi nadie que pase ese tiempo haciendo un trámite, es que cuando llega al área jurídica, ya corrió varios términos de ley con los otros especialistas para obtener los documentos que requiere el abogado para iniciar el proceso de su solicitud”.
Enfatizó en que si bien es cierto hay muchas deficiencias en la calidad del servicio, incompetencias y falta de profesionalidad, tanto en oficinas como en direcciones de la Vivienda, la desinformación de las personas es lo que muchas veces genera la queja o la insatisfacción: “las personas no saben dónde solicitar o recoger su documento, no lo hacen el día orientado, desconocen las legislaciones, las violan por ignorancia o deliberadamente, hay mucha incultura jurídica, no indagan sobre los procedimientos para cada trámite, sus fechas de término, después todo eso tiene consecuencias”, advirtió.
“Lo otro que nos está incidiendo a nosotros (en la Oficina) —señaló Gina Gómez— y se ha convertido en un problema, es que lo que in­forma el arquitecto en el documento técnico de descripción y tasación del inmueble tiene que pasar a Planificación Física, para que allí se elabore básicamente con la misma información, el dictamen técnico, que es el que tiene validez legal y se entrega al cliente. Lo cual es absurdo, porque en el cuerpo de arquitectos de la comunidad todos son ingenieros civiles o arquitectos, no así en planificación física, que la mayoría son técnicos y estos últimos son los que están avalando el trabajo de los primeros”.
Este fue, durante el recorrido de Granma por las oficinas de trámites y las direcciones de la Vivienda de Marianao, el Cerro, Centro Habana y La Habana Vieja, el aspecto que más crítica y cuestionamiento generó del Decreto-Ley 322, por empleados, especialistas, y población en general.
En la Oficina del Grupo Municipal de Ar­quitectos de la comunidad del Cerro, Ale­jandro Potts Souto, director interno del equipo de especialistas refirió que los errores técnicos con que salen varias veces los dictámenes, las incongruencias entre estos últimos y los documentos, las contradicciones de criterio profesional entre técnicos del IPF y arquitectos de la comunidad, y la falta de sentido de una actividad y función que carece de valor práctico y legal, ha generado mucho descontento en la organización, lo cual repercute, irremediablemente, en la calidad y eficiencia del servicio que se presta a la población.
DESPUÉS DE LA IMPLEMENTACIÓN, UNA RELECTURA NECESARIA
Sobre este particular y otros, el licenciado en Derecho Santiago Herrera Linares, jefe de la Dirección de Asuntos Legales de la Vivienda, en el Micons —organismo que a partir del Decreto-Ley 322, asumió la rectoría de la política del Estado y el Gobierno, en cuanto a lo que a este sector se trata— ofrece varias consideraciones.
“El nuevo cuerpo legal es parte del perfeccionamiento empresarial, funcional y estructural que se está llevando a cabo en el país. Entre sus objetivos figuraba, en primer lugar, extinguir el INV y transferir sus funciones a organismos afines a la actividad de la Vi­vienda. Y sobre todo, algo muy positivo, traspasar y devolverle al IPF funciones y atribuciones —de su competencia— que hasta el año 2000 había tenido, como es el caso de las licencias de construcción y autorizaciones de obras, entre otras”, observó.
Herrera Linares explicó que no obstante a ello, se plantearon algunos dilemas con este Decreto-Ley. Por un lado, precisó, el procedimiento para los trámites que requerían dictamen técnico de tasación y descripción, como la actualización de título, era más simple an­tes de esta Norma, porque el dictamen del arquitecto tenía valor jurídico ante el notario y los tribunales.
A juicio del funcionario, lejos de simplificar, en este caso específico se incrementaba un nuevo paso en el procedimiento, pues desde el 2003 tal actividad la desempeñaban, sin previa revisión o aval de su entidad, los arquitectos de la comunidad, subordinados entonces a las direcciones municipales de la vivienda. “Si la intención es ahora contrachequear y evitar errores o alteraciones en los dictámenes, es algo que puede hacerse desde la propia institución, ya sea Vivienda, si son sus arquitectos, o Planificación Física si son sus técnicos”, manifestó.
Añadió que el otro problema que trajo consigo la Norma es desde el punto de vista de la integralidad del trámite o del proceso. “Cuan­do se transfieren funciones, en algunas actividades no se genera conflicto, como por ejemplo, en las que competen al sistema de tribunales, porque es una jurisdicción que actúa independiente. Sin embargo, en el caso del derecho de propiedad, que es un derecho compartido sobre una situación única: inmueble vivienda-suelo, porque está el derecho sobre vivienda y el derecho sobre terreno, se produce una situación complicada. Al traspasarse funciones al IPF, Vivienda para actualizar un título de propiedad necesita un pronunciamiento sobre me­didas y linderos, y sobre descripción y tasación que lo hace otro organismo (Planificación Fí­sica). Con esto se perdió la integralidad en cuanto al tratamiento legal al inmueble unificado que es la vivienda con los terrenos. Ahora es una unidad inmobiliaria con competencias divididas”, apuntó.
“Hay temas en los que hacen falta muchas precisiones, como esa misma unidad inmobiliaria, describir bien el procedimiento, en el que se expliciten particulares sobre la actuación del IPF y de Vivienda para evitar que se estén buscando arreglos interinstitucionales”, sentenció.
Por otra parte, acerca de la idea de que con toda la restructuración del Sistema de la Vi­vienda devenida del Decreto-Ley 322, se agilizarían y facilitarían los trámites, discurrió en que era una deformación del sentido y objetivos de la Norma, enunciados anteriormente.
Que ineficiencias para responder los trámites, en el sistema de la Vivienda continúen, no es deficiencia de la Norma, porque —expresó— “con la modificación se traspasaron funciones, no se simplificaron trámites, el reglamento base se tomó idéntico”.
Amplió que no obstante las fallas que persisten, hoy Vivienda como organismo no existe, pero como actividad jurídica sí, y en tal sentido el efecto ha sido positivo, porque sus direcciones municipales, subordinadas a los gobiernos locales, se liberaron de trámites, redujeron los volúmenes de expedientes en tramitación y las plantillas se adecuaron aun cuando para la población (no era la intencionalidad de la Norma) no significara disminución de los pasos a seguir en sus gestiones.
Asimismo —argumentó— en cuanto al te­ma de la asignación de terrenos estatales para construir una casa, también hubo desde el inicio mucha expectativa, pues se supuso o interpretó en algunos lugares que aumentaría el número de áreas urbanizadas y a distribuir. En este caso, el Decreto-Ley lo que hizo fue eliminar la condición de que para autorizar una entrega, el Gobierno y Vivienda debían disponer de materiales para la venta a precio subsidiado al beneficiario, apuntó.
Al indagar sobre los principales resultados y el impacto en el sistema de Planificación Física del cuerpo legislativo, el enfoque de ambas instituciones (Vivienda, en el Micons, e IPF) coincide en su punto de partida: “su objetivo era ordenar, redistribuir —según su naturaleza—las funciones de cada organismo”.
La arquitecta Magalys Rivero Ramírez, directora de Inversiones del IPF, explicó que con el Decreto-Ley se inició un periodo de actualización de los planes de ordenamiento territorial y urbano del país, a partir de redefinir áreas idóneas para la actividad del hábitat, la vialidad, la industria, entre otras, herramienta que ayuda a los gobiernos territoriales a determinar dónde y en qué invertir.
Además —acotó— se han reajustado y de-sarrollado las regulaciones urbanas, otro instrumento para la adecuada construcción, ampliación o remodelación de viviendas sin resquebrajar la imagen de los asentamientos y la estructura de nuestras ciudades, alcance de las parcelas, altura y niveles de los inmuebles.
“Lo que estamos procurando como institución especializada en el tema, y que nos lo ha permitido nuestras nuevas competencias y fun­ciones, es poner a disposición de las personas, mecanismos y alternativas para que construyan de la mejor manera”, manifestó.
Claro está que uno de los mayores impactos del 322 es que, ante todo, reivindica el indiscutible papel que desempeñan los órganos de Planificación Física con su cuerpo de inspectores y técnicos, en la estructuración y el desarrollo urbano y territorial del país.
En el orden de los resultados cuantitativos, la especialista indicó que al cierre del 2015 el sistema de la planificación radicó más de 214 000 trámites, resolvió alrededor de 182 000, quedaron pendientes cerca de 32 000 y de ellos fuera de término 4 800. La mayoría de las solicitudes eran regulaciones urbanas (61 000) y dictámenes técnicos (66 000).
Argumentó que los incumplimientos se de­bían a los problemas organizativos, tanto en las Oficinas de Trámites como en las direcciones municipales de Planificación Física, so­bre todo en el primer semestre del año 2015, durante el proceso de traspaso. Tam­bién —di­­jo— incidió la falta de personal, fundamentalmente juristas y técnicos, inestabilidad en la fuerza laboral, el desconocimiento de los instrumentos jurídicos, mala orientación a la población en las oficinas, el sistema rotativo diario de los técnicos de planificación por esas instalaciones, condiciones de trabajo precarias: locales sin iluminación, sin teléfono, insuficiencia de equipos informáticos, impresoras, materiales de oficina, dificultades con los almuerzos.
Al respecto, agregó que se han tratado de ir resolviendo estas carencias, y que a partir del segundo semestre del año pasado, se percibió, por ejemplo, una estabilidad de la fuerza laboral, una mayor autopreparación y conocimiento de los instrumentos jurídicos y otros documentos de trabajo por parte del personal, así como mejoras en las condiciones laborales de los locales.
Acerca de los técnicos, explicó que al percatarse de que no debían rotar de la manera que se hacía (a diario) y además que a las Oficinas de Trámites debían acudir los más preparados y con mejores habilidades comunicativas para atender a la población, se ha ido corrigiendo paulatinamente esa forma de trabajo.
En relación con el contradictorio y cuestionado tema del documento y dictamen técnico, el cual básicamente es réplica uno del otro, co­mentó que el dictamen fija, delimita y describe el inmueble edificado y el suelo, “lo cual es nuestro encargo estatal, hemos sido facultados por la Norma para elaborar ese dictamen y determinar descripción, tasación y medidas y linderos de la vivienda.
“El arquitecto de la comunidad es un servicio auxiliar que complementa ese dictamen, porque lo antecede. Este especialista lo que hace es una fotografía de lo que existe, y ese documento de conjunto con el documento legal de inmueble (la propiedad) nos sirve de base para comprobar que lo real y lo que está en documento coinciden o si ha habido una variación, pronunciarnos al respecto. Este sistema de trabajo articulado es tratando de que exista la menor cantidad de errores y que el uso del suelo sea el correcto”, explicó.
No obstante, refirió que este es un sistema de trabajo transitorio, porque la Resolución 54 del 2014 en su capítulo VI (Descripción, tasación, medidas y linderos), artículo 79, establece como instrumento de levantamiento y me­dición de lo que existe en el terreno (inmueble edificado e inmueble suelo) el Catastro Ur­bano.
“Cuando ese instrumento esté actualizado en todos los asentamientos y ciudades del país se prescindirá de levantamiento y dictamen técnico”, expresó.
Aunque el perfeccionamiento institucional ya sea visible al interior de las organizaciones, todavía se espera el efecto último, de cara a la población.
La concentración de los trámites en las Oficinas no logró simplificar ni hacer más rápidas las gestiones de las personas, las cuales siguen reclamando mayor eficacia y calidad, ante las viejas y nuevas fallas en este servicio público.
Las Oficinas de Trámites de la Vivienda, y otras entidades vinculadas al sector —pese a que reordenaran sus actividades y atribuciones— no acaban de articularse y funcionar, como un sistema de organizaciones independientes, pero a la vez integradas, en el que cada una responda y se responsabilice como pieza individual y parte del conjunto de Oficinas, direcciones municipales y provinciales de la Vivienda y de Planificación Física; Empresas de Arquitectura y Servicios Técnicos, Registros de la Propiedad, Notarías…
No puede comprenderse tampoco que los procesos de legalizaciones, actualizaciones de títulos, y otros, se traben, y las personas sigan enfrentando los mismos contratiempos (falta de sellos, firmas, información o errores en do­cumentos), si justamente para reducirlos o evitarlos, simultáneo al cuerpo legislativo 322, se estableció la ubicación estratégica de funcionarios de Planificación Física en las Oficinas.
Y lo peor: la culpa huérfana. El que una institución inculpe a la otra, y al final ninguna se responsabilice por los descalabros al cliente, “porque no le tocaba, no le competía, es asunto o error de otra entidad”.
Tras este complejo entramado de relaciones interinstitucionales y entre cliente-institución, acecha la ilegalidad, el vivir en la ilegalidad: que es causa y efecto. Círculo vicioso, porque hay quien prefiere “pagar multas a tener que pasar la odisea del trámite”.
Este es un terreno en el que se mezclan lo objetivo y lo subjetivo, y hay que arreglar a la par las dos cosas: nada se resuelve en una oficina climatizada, con impresoras y computadoras nuevas si sigue fallando una filosofía del trabajo integral, comprometido, competente, y falta además en nuestros semejantes disciplina y conocimiento de los instrumentos jurídicos. ¿La

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